Por: Luis Henríquez Canela
Hace algún tiempo, Juana trabajaba como peluquera en un pequeño salón de belleza de Irma, donde, por un salario de apenas 12,000 pesos mensuales, desempeñaba sus labores en un espacio con solo dos sillones y equipo limitado.
Después de años de servicio, surgieron desavenencias laborales. Irma, en un arrebato durante una discusión, decidió despedir a Juana. Al acudir a la oficina de trabajo, se determinó que el salón debía a Juana la suma de 250,000 pesos en prestaciones laborales.
Irma, al recibir el requerimiento, evaluó su situación y, sin los fondos necesarios, propuso a Juana quedarse con el salón como propietaria, mientras ella asumía el rol de empleada. Juana aceptó, y con ello enfrentó una nueva realidad: administrar un negocio con los retos de nómina, TSS, y otros servicios esenciales. Irma, ahora empleada, encontró satisfacción en sus nuevas responsabilidades, liberada de las obligaciones gerenciales.
Este caso real resalta las complejidades de la cesantía en República Dominicana y es relevante ante el reciente debate sobre su posible modificación en el Código Laboral, propuesta por el sector empresarial.
Desde la promulgación de la Ley 87-01, se esperaba una reforma al artículo 80 del Código Laboral, la cual nunca llegó, dejando a los empleadores con una doble carga: la contribución a las pensiones mediante la TSS y el pasivo de cesantía. ¿Es justo? A mi juicio, no lo es.
La cesantía, concebida para proteger a los trabajadores en caso de despido injustificado, es una práctica poco común en otras legislaciones, generando así una controversia constante sobre su impacto en el sector empresarial. Con la Ley 87-01 y la creación del Sistema Dominicano de Seguridad Social, los empleadores enfrentaron aportes mensuales obligatorios a fondos de pensiones, incrementando sus cargas financieras y dejando a muchas empresas en una posición insostenible.
Algunas propuestas buscan mitigar esta situación, como la creación de un seguro de desempleo financiado por empresarios y el Estado, evitando así la acumulación de pasivos laborales. También se sugiere limitar temporalmente la acumulación de cesantía para aliviar la carga financiera de las empresas y prevenir deudas laborales impagables.
El acumulativo de cesantías sin respaldo suficiente pone a muchas empresas en riesgo de demandas, embargos y sanciones. Esto es particularmente grave para las pymes, que no siempre tienen la capacidad financiera para enfrentar estos compromisos. Urge una revisión que permita proteger tanto los derechos de los trabajadores como la sostenibilidad de las empresas.
Es indispensable un diálogo maduro y multisectorial que incluya a los sectores empresarial, gubernamental y sindical para analizar la cesantía en toda su dimensión. Además, debe considerarse su impacto en la competitividad nacional: un esquema rígido de cesantía desalienta la inversión extranjera y limita la competitividad del país en el mercado global. Un sistema más flexible podría incentivar la creación de empleos y fomentar el crecimiento económico.
Este es un tema complejo y sensible que exige responsabilidad y madurez. Como dijo el veterano comunicador Julio Hazim en Revista 110, “Si los empresarios revisaran sus pasivos laborales, todos estarían en quiebra”.
Lamentablemente, el populismo de doble moral de ciertos pseudo-sindicalistas, que promueven rigidez mientras disfrutan de altos salarios, ha dificultado un consenso. La cesantía merece un debate profundo, que reconozca tanto los derechos de los trabajadores como la viabilidad de los negocios en una economía que debe adaptarse para prosperar.
Acerca del autor: Artículo de opinión escrito por el abogado Luis Henríquez Canela.
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